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sábado, 14 de julio de 2018

El último semestre del 2017


«… aquellas personas involucradas en los hechos del último semestre del 2017 tienen que ser juzgadas por parte de los tribunales españoles, y eso va a ocurrir» (La Vanguardia).



Esta lapidaria frase de nuestro ínclito Presidente (en mayúscula, por ser de la tribu mayor), excretada como valoración de la sentencia del tribunal de Schleswig-Holstein, es la que ha disparado mi cada vez más remoto impulso de escribir sobre política. En primer lugar por su aséptica referencia al período más surrealista y bochornoso de la historia de nuestras tribus (la pequeña y la grande), y en segundo lugar por su contundente aseveración de que el cabecilla de “los hechos” (el ex-presidente de la tribu menor) será extraditado y juzgado únicamente por malversación.

Esta simplista calificación del período responde sin duda a criterios políticos, los cuales, por sí mismos, entierran habitualmente la objetividad mínimamente exigible, entendiendo como tal la descripción «del objeto en sí mismo, con independencia de la propia manera de pensar o de sentir», es decir, del referéndum ilegal de 1-O y la declaración de independencia de 27-O, que es lo que yo hubiese preferido escuchar de nuestro espurio mandatario (en referencia a su origen atípico).

En cuanto a su afirmación de que el «involucrado» Puigdemont será juzgado únicamente por malversación, lo más benévolo que se me ocurre es que es superficial y gratuita porque no depende en absoluto de su egregia persona.

Sorprende también la afirmación, tras el Consejo de Ministras y Ministros de ayer, de que «el Ejecutivo “respeta las decisiones judiciales”» (La Vanguardia), en particular tras esta otra fechada en 22 de  junio que dice: «El Gobierno critica la libertad de La Manada, cuestiona la formación de los jueces y estudiará endurecer la ley» (El Mundo), citada esta última aquí y ahora sin ánimo peyorativo y únicamente como contraste ilustrativo de la (in)coherencia de este sobrevenido Gobierno, que se permite decir una cosa y la contraria sin pestañear siquiera, más o menos como todos, sean del color que sean.

Pero pasemos ahora a comentar algunos puntos de la estrafalaria sentencia, que viene a hacer firme de forma corregida y aumentada la desestimación inicial de la «rebelión chapucera» ya tratada en otro artículo. Empezamos con tres perlas que no tienen desperdicio (El Mundo):

«La persona perseguida [Puigdemont] no tenía voluntad de cometer excesos»

«… llega a comparar las manifestaciones secesionistas con partidos de fútbol».

«… sólo 58 agentes de todos los desplegados por las Fuerzas de Seguridad del Estado "resultaron heridos"; "no fue necesario usar gas lacrimógeno, cañones de agua y no se hizo uso de armas de fuego"». 

Inicialmente pensaba subrayar algo, pero rehúso hacerlo. Todo es subrayable. Únicamente cabe sorprenderse de lo bien que deben conocer «la voluntad» del presunto reo, de su ígnota interpretación del más que subjetivo término «exceso», de los pocos agentes de la Seguridad del Estado heridos (no detallan donde está el umbral) y a su lenidad en el uso de material represivo. A esto se le llama objetividad procesal.

Siguen cuatro extractos más (alguno redundante) procedentes de otro medio (El Confidencial):

«La sentencia señala que la propia solicitud de extradición española en lugar de precisar en qué lugar, fecha y hora exactamente se cometió el supuesto delito, ofrece 17 páginas de descripciones del proceso de independencia catalana y acusa a un total de 25 personas».

O sea, que se necesitaría saber «en qué lugar, fecha y hora se cometió el supuesto delito». No me lo puedo creer… ¿lo dicen en serio? Por ejemplo (hipótesis chunga): si en la solicitud de extradición constara que «el Sr. Puigdemont declara (la verdad, no sé como se podría probar) que el día X del mes X del año 2017 (supongo), a las X horas, X minutos y X segundos, cómodamente aposentado en el excusado privado del Palau, Plaça de Sant Jaume, 4, 08002 Barcelona, aliviando sus necesidades mayores, concibió y consumó, no sin esfuerzo, un delito de rebelión», si así constara, ¿lo hubieran aceptado? ¿Sería este hecho (la deposición presidencial que empezó autonómica y devino en independentista) el más notable de todos «los hechos del último semestre del 2017» a los que se refiere nuestro Presidente sobrevenido?

«… en los días anteriores y posteriores sí hubo casos de bloqueos de carreteras y vías de tren, barricadas incendiarias, manifestaciones masivas y cortes de vías mediante tractores, pero éstos no formaban parte del referéndum». «No hubo batallas campales ni incendios ni saqueos».

Que absurda obviedad: sentenciar que los días anteriores y posteriores al referéndum no formaban parte del referéndum. A contrario sensu, si el día del referéndum se hubiesen bloqueado las carreteras y los trenes, montado barricadas incendiarias y manifestaciones masivas, cortadas las vías mediante tractores, producido batallas campales, incendios y saqueos, resultado heridos más de 58 agentes (la sentencia no concreta cuántos), utilizado gas lacrimógeno, cañones de agua y armas de fuego (las tres últimas premisas citadas más arriba por otro medio),,,, ¿su resolución hubiese cambiado?

«Este tribunal toma al pie de la letra al acusado que, como personaje de la historia contemporánea, no se podrá permitir la 'pérdida de cara' que significaría una huida».

Un «personaje de la historia contemporánea». Sin duda. Todo un personaje. Y no «perderá la cara» porque tiene mucha. Sorprende también el coloquial estilo procesal empleado por el tribunal alemán (conviene resaltar que todo lo publicado son traducciones efectuadas por los medios).

En resumen: le hemos dado un ligero repaso a «los hechos del último semestre del 2017», en la simplificadora visión de nuestro acomodaticio Presidente y a los de 1-O, única, estrecha y sesgada preocupación del tribunal de Schleswig-Holstein, y entre uno y los otros estamos arreglados. Mientras tanto, la vida sigue. Tenemos nuevos Presidente y presidente. Y los nubarrones en el horizonte político no se disipan. Y en el judicial tampoco.

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