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sábado, 28 de abril de 2018

Se equivocaba (el ministro)

Si no me equivoco...
No se trata de evocar el bello poema de Rafael Alberti o cualquiera de las magníficas canciones que ha inspirado (en particular me quedo con la versión de Joan Manuel Serrat). Se trata de llamar la atención sobre cuatro palabras perdidas entre la intervención del ministro portavoz del Gobierno que han resultado extraordinariamente adecuadas para el alcance de este blog, dedicado a la Calidad y la Excelencia Política. La frase que sigue es un extracto literal de su parlamento inicial en la rueda de prensa correspondiente al Consejo de Ministros de ayer, 27 de abril de 2018¹. Las cuatro palabras son “si no me equivoco”:

…para valorar si la tipificación de estos delitos que datan del código penal de la época del presidente González, de 1995 si no me equivoco, está… si está la tipificación penal convenientemente reflejada en nuestro ordenamiento jurídico o es preciso una actualización de las mismas…”.

No voy a entrar a valorar ni los delitos a los que se refiere el ministro, ni la sentencia recién dictada sobre los execrables hechos acaecidos en las fiestas de San Fermín de 2016, ni el comprensible revuelo político, mediático y popular que ha generado, más allá de declarar mi más absoluto desprecio por unos individuos que se auto-identifican como “la manada”, vocablo del que me quedo con sus dos principales acepciones: 1. f. Hato o rebaño pequeño de ganado que está al cuidado de un pastor; 2. f. Conjunto de ciertos animales de una misma especie que andan reunidos (esta última la encuentro particularmente acertada).  

Lo que realmente me ha interesado es la nula atención que las cuatro palabritas coladas de rondón en su parlamento han despertado en la prensa “online” (a las 08:56 de hoy), teniendo en cuenta que la “tipificación penal de estos delitos”, es decir, los delitos de agresión y abusos sexuales, está convenientemente reflejada en nuestro ordenamiento jurídico y que ambos fueron “actualizados” en 1999, en 2003, en 2010 y en 2015, como queda patente en los extractos que siguen, todos ellos correspondientes al documento DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL: PRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL. TIPOS BÁSICOS DE AGRESIÓN Y ABUSOS SEXUALES², del cual es autor D. José Javier Huete Nogueras, Fiscal de Sala Coordinador de Menores, donde detalla los antecedentes y modificaciones de la L.O. 15/2015 de 30 de marzo, centradas, desafortunadamente para el ministro, en el CAPÍTULO I. De las agresiones sexuales y el CAPÍTULO II. De los abusos sexuales.

El texto original del código penal de 1995, en su artículo 178 contiene el tipo básico de agresión sexual que fue objeto de reforma por ley orgánica 11/1999 de 30 abril…

Los preceptos referidos a la agresión sexual se vieron nuevamente afectados por la ley orgánica 15/2003 del 25 noviembre por la que se modificó la ley orgánica 10/1995, de 23 noviembre…

Y de nuevo se han visto afectados estos preceptos mediante la ley orgánica 5/2010 de modificación de la ley orgánica 10/1995 de 23 noviembre, del código penal. A este respecto la exposición de motivos de la referida ley en el apartado XIII señala que la finalidad la reforma no es otra que el acrecentamiento del nivel de protección de las víctimas específicamente las más desvalidas…

La Reforma operada por L.O. 15/2015 de 30 de marzo…
Es de destacar que la tramitación de este proyecto de ley ha sido dilatada en el tiempo ya que tuvo su entrada en el Congreso de los Diputados el 1 de octubre de 2013, habiéndose dilatado el periodo de enmiendas en la Comisión mediante sucesivas prórrogas hasta el día 28 de noviembre de 2014…

En la exposición de motivos que se presenta en el Congreso…
Se introducen modificaciones en los delitos contra la libertad sexual para llevar a cabo la transposición de la Directiva 2011/93/UE, relativa a la lucha contra los abusos sexuales…
La citada Directiva obliga a los Estados miembros a endurecer las sanciones penales en materia de lucha contra los abusos sexuales…

Pues como se puede comprobar, el ministro se equivocaba. Y mucho. Y con ello ha merecido ser condecorado por este blog con la medalla de campeón de la NO CALIDAD y líder de la NO EXCELENCIA. No hace falta añadir mucho más, por lo que concluyo con algunas reflexiones:
  • Un ministro, portavoz para más señas, deja patente en público y sin ruborizarse, su desconocimiento de las cuatro "actualizaciones" del Código Penal posteriores a "la época del presidente González", referencia ad hóminem gratuita que solamente puede entenderse como ganas de meterle el dedo en el ojo, habida cuenta que la última "actualización" se realizó en 2015.
  • A pesar de las cuatro palabrejas vagamente exculpatorias, creo que a un ministro, y para más inri “portavoz”, le sería exigible documentarse un poco antes de someterse al escrutinio de una rueda de prensa y comentar alegremente un tema tan “sensible”.
  • Además, se supone que este personaje se acaba de levantar de un Consejo de Ministros donde se supone también que, en presencia del Ministro de Justicia, se ha tratado el tema con un cierto rigor, por lo que resulta del todo punto incomprensible su manifiesta ignorancia sobre la legislación aplicable a los hechos.
  • Huelga decir que nos resistimos a considerar siquiera la posibilidad de que esta "ignorancia" responda a un intento premeditado y alevoso de manipulación de la opinión pública y publicada vendiendo la falsa idea de la obsolescencia del tratamiento penal de estos delitos debido a su antigüedad de 23 años.
  • En cualquier caso, esta ignorancia, estulticia o, en el mejor de los casos, superficialidad, no parece preocupar lo más mínimo ni a sus adláteres, ni a los medios, ni a la oposición, más allá de evidenciar palmariamente en manos de quien estamos. 
  • Esperamos de nuestros (in)competentes legisladores que apliquen algo más de diligencia que la empleada en la ley orgánica 15/2015 (más de un año en período de enmiendas), que a la sexta intentona vaya la vencida y que nos ahorren en el futuro bochornosos espectáculos como al que muy a pesar nuestro estamos asistiendo.
Y para terminar con buen sabor de boca, si no lo han hecho todavía, escuchen a Serrat.

Se equivocó el ministro…
Se equivocaba…

NOTAS:
  1. Intervención del Sr. Ministro.
  2. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL. D. José Javier Huete Nogueras 


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